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domingo, 22 de octubre de 2017

¿Qué es la Doctrina Social de la Iglesia?, por Jose Ignacio Gonzalez Faus



Jose Ignacio Gonzalez Faus 21 de octubre de 2017

1.- Principio general: bien común y subsidiariedad. Toda la DSI se apoya en un axioma básico: el fin de toda la actividad política y económica es el llamado “bien común”, no unos bienes particulares. Se define ese bien común como “conjunto de condiciones de la vida social que hace posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil” de su humanidad (GS 26,1). Subrayando la legitimidad de defensa cuando esto no se cumple (GS 74,1).

Pero ese bien común debe realizarse complementándolo con el “principio de subsidiariedad”, proclamado por Pío XI y mirado como una de las más serias aportaciones de la Iglesia: lo que puedan hacer los de cerca que no lo hagan los de lejos; lo que pueden hacer los de abajo que no lo hagan los de arriba: lo que puede la iniciativa privada que no lo haga el gobierno (QA 79; MM 53). El estado tiene un papel imprescindible pero siempre supletorio o corrector. Lástima que la Iglesia haya practicado eso tan poco.

2.- Economía sometida a la política, no al revés. Pío XII recordó que ya León XIII declaraba a los políticos que era “obligación suya procurar el bienestar de todo el pueblo, particularmente de los débiles y desheredados”. Según Pío XII el estado casi no tiene otra razón de ser que garantizar la defensa de los pobres: pues (citando otra vez a León XIII) “la raza de los ricos, como se puede amurallar con sus propios recursos, necesita menos del amparo de la pública autoridad; el pueblo pobre, como carece de medios propios con que defenderse, tiene que apoyarse mucho en el patrimonio del estado” (RN 22.23). Por eso hay que evitar “el error de que la autoridad civil sirva al interés de unos pocos, pues fue establecida para procurar el bien de todos” (PT 51). O sea: exactamente al revés de lo que pasa…

3- Trabajo por encima del capital, no al revés. “Las riquezas o el capital se atribuyen demasiado a sí mismos” (QA 54). El capital “no puede ser poseído contra el trabajo porque el único título legítimo para su posesión es que sirva al trabajo, en forma de propiedad privada o pública”. Desde esta perspectiva “es inaceptable la postura del rígido capitalismo que defiende el derecho exclusivo a la propiedad privada de los medios de producción como dogma intocable de la vida económica” (LE 12-14).

4.- No a la búsqueda del máximo beneficio. “Oprimir para provecho propio a los necesitados y desvalidos buscando la ganancia en la pobreza ajena no lo permiten las leyes divinas ni las humanas” (RN 14). Ingenuo papa porque las leyes humanas ¡vaya si lo permiten!. La economía “es viciosa si el capital abusa de los obreros para que los negocios e incluso toda la economía se plieguen a su exclusiva voluntad de provecho” (QA 101). “El provecho como motor esencial del progreso económico… fue denunciado por Pío XI como imperialismo internacional del dinero” (PP 26). “Un dominio ejercido de la manera más tiránica por quienes, teniendo en sus manos el dinero y dominando sobre él, se apoderan también de las finanzas y señorean sobre el crédito. En consecuencia, una dictadura económica se adueña del mercado libre” (QA 104-105).

5.- Salario justo. “Si el obrero, obligado por la necesidad o acosado por el miedo de un mal mayor, acepta sin quererla, una condición más dura porque la impone el patrono, esto es sin duda soportar una violencia contra la cual reclama la justicia” (RN 32). “Que los padres de familia reciban un sueldo suficientemente amplio para atender convenientemente a las necesidades domésticas ordinarias” (QA 71). “El salario es la verificación concreta de la justicia del sistema socioeconómico” (LE 19b).

6.- Límites al derecho de propiedad. “Jamás debe perderse de vista el destino universal de los bienes” (GS 69). “Todos los demás derechos, incluido el de propiedad, están subordinados a eso. La propiedad no es un derecho incondicional y absoluto… El bien común exige a veces la expropiación” (PP 22.24). Y consecuencia de estos principios:

7.- Desautorización de nuestro sistema económico. “La economía actual (está) plagada de vicios gravísimos” (Pío XI en 1931). “Ha de tener algún vicio profundo, una radical insuficiencia este sistema” (Paulo VI en 1964). Si eso valía entonces ¿qué habría que decir hoy?. Vicio profundo porque el principio rector de nuestro sistema es que lo más eficaz económicamente es pisotear los derechos humanos.

La DSI aparece así de una radicalidad y una actualidad llamativas. Se la podrá aceptar o rechazar, pero al menos hay que denunciar la hipocresía de quienes dicen ampararse en el humanismo cristiano, mientras pisotean las enseñanzas sociales cristianas y además presumen de supuestos éxitos económicos conseguidos de forma tan anticristiana.

Puestos a soñar, esos principios serían más factibles si hubiera una seria “coeducación social”, no meramente de género. En la escuela pública y como condición indispensable para la concertada.

(Siglas: Gaudium et Spes (Vaticano II). Quadragesimo Anno; Mater et Magistra; Rerun Novarum; Pacem in Terris; Populorm Progressio)

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